CEPESCA CALIFICA DE ERRÓNEA Y ARBITRARIA LA PROHIBICIÓN DE LA PESCA DE ARRASTRE POR DEBAJO DE LOS 800 METROS AL CARECER DE BASE CIENTÍFICA

    Categoría(s): Nota de Prensa

Tras el acuerdo alcanzado ayer por Parlamento Europeo, Consejo y Comisión sobre el nuevo reglamento de pesca de aguas profundas

Madrid, 1 de julio de 2016.- La Confederación Española de Pesca (CEPESCA) ha calificado de errónea y arbitraria la prohibición de la pesca por debajo de los 800 metros en aguas comunitarias del Atlántico Nordeste, por carecer de una base científica. Según Cepesca, la prohibición, acordada ayer por el Parlamento, el Consejo y la Comisión Europea sólo responde a intereses políticos y a la cesión al chantaje y amenazas realizadas por los ecologistas radicales. La prohibición se incluye en el reglamento de pesca de aguas profundas aprobado ayer.

Cepesca valora positivamente, en cambio, el resto de medidas acordadas para la protección de los ecosistemas marinos vulnerables (EMV) y para la mejor gestión de las especies de aguas profundas, muchas de las cuales, señala, responden a demandas del propio sector o ya se aplican en la zona regulada por la Comisión de Pesca del Atlántico Nordeste (NEAFC). Es el caso del cierre total o temporal de determinadas zonas donde se tiene conocimiento de la existencia de EMV; la congelación de la huella de las actividades pesqueras en aguas profundas y la pesca exploratoria en áreas nuevas, previa presentación de una evaluación de impacto en el ecosistema.

Asimismo, Cepesca también apoya el protocolo que han de seguir los buques que, faenando en profundidades superiores a 400 metros, encuentren algún indicador de EMV y que exige parar la actividad pesquera y no reanudarla hasta que se aleje, al menos 5 millas.

Las autoridades europeas han añadido también una serie de medidas para la mejora y mayor transparencia de la información sobre EMV. Así, los barcos deberán proporcionar datos sobre las especies objeto de captura en estas zonas y los estados miembros sobre la ubicación de estos ecosistemas y sus evaluaciones de impacto. Además, el 20% de las embarcaciones que realicen pesca dirigida tendrá que llevar a bordo un observador científico para garantizar la precisión de los datos. Para Cepesca, estas medidas servirán para que los científicos puedan tener una mejor información sobre la actividad pesquera y, así, poder realizar mejores evaluaciones y recomendaciones de gestión.

Según Javier Garat, secretario general de Cepesca, “es una pena que hayan incluido la prohibición de los 800 metros, puesto que socava la legitimidad de las medidas de las Organizaciones Regionales de Pesca (ORP), en concreto de la Comisión de Pesca del Atlántico Nordeste (NEAFC), y reincide en el error de demonizar, sin ninguna evidencia científica, un arte altamente regulado y gestionado eficazmente por las ORP y por los Estados miembros y a consecuencia de las millonarias campañas mediáticas de los ecologistas más radicales. Sin esa prohibición, el Reglamento habría sido aceptado y celebrado por la mayoría de pescadores de la UE, que lo que quieren es realizar una actividad responsable y sostenible”.

“Los fondos donde trabajan las flotas de arrastre” -añade Garat- “suponen una porción relativamente pequeña del océano y son áreas seleccionadas, que han sido altamente productivas durante décadas y que lo seguirán siendo, si se controla adecuadamente el esfuerzo pesquero, tal y como se está haciendo”.

El nuevo reglamento de pesca de aguas profundas tendrá que ser aprobado por el Consejo, por la Comisión de Pesca del Parlamento Europeo y, posteriormente, por el Pleno del Parlamento Europeo, previsiblemente en noviembre.